Recurso Valoraciones Catastrales / Subsanación Datos Catastrales
Subsanación de discrepancias Datos Catastrales.
Se observa en algunos casos que existen errores en las bases de datos catastrales de bienes inmuebles. Esto se puede subsanar mediante la elaboración de un informe técnico certificando la superficie existente realmente que, en caso de ser inferior a la catastral, puede suponer un importante ahorro en el pago de impuestos.
El objeto del procedimiento es la modificación de datos catastrales cuando la Administración tenga conocimiento de la falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles y la realidad inmobiliaria. Puede presentarse en Gerencias y Subgerencias del Catastro. Se puede iniciar en cualquier momento. El plazo de resolución es de seis meses.
Recurso de reposición del Valor Catastral.
Se observa en algunos casos que el Valor Catastral de los bienes inmuebles presenta errores en la aplicación de los coeficientes. Si se encuentra en este supuesto, puede reclamar a la Administración mediante la aportación de un informe técnico de tasación/valoración de su piso, vivienda, local, nave o terreno y puede reducir sensiblemente el pago de impuestos.
El objetivo es la revisión de actos derivados de procedimientos tributarios. Se puede presentar en Gerencias, Subgerencias, Unidades Locales del Catastro y Delegaciones de Economía y Hacienda. El plazo de inicio es de un mes desde la recepción de la notificación y el plazo de resolución es de un mes.